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mayo  3, 2024

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Argentina: acercamiento a la realidad política económica

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Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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Argentina: acercamiento a la realidad política económica  

Por Julio A. J. Carrillo

La riqueza de la temática y los enfoques científicos con que cada autor presenta los análisis, nos llevan a remitir a la lectura de los comentarios que hemos realizado y fundamentalmente a los textos de los autores.-

 

Pero no podemos dejar de presentar un breve comentario de la “Cultura del Encuentro” que la Conferencia Episcopal Argentina (CEA) bajo el título de “Bicentenario de la Independencia” (*) da un tiempo para el encuentro fraterno de los argentinos “Algunos ejemplos muestran que la gran familia de los argentinos está en riesgo y que la casa que compartimos puede resquebrajarse”, alertaron los obispos.-

 

Los desencuentros, la corrupción generalizada, el narcotráfico y el descuido del medio ambiente son los grandes males argentinos, que el desencuentro no nos deja reconocernos como hermanos.-

 

La ecología humana es una llamada común a despertar y cuidar la vida del ser humano y su hábitat nuestro medio ambiente ya que el mundo fue creado para el ser humano, pero no es su dueño, sino custodio respetuoso del bien de la creación, por lo que quienes se apropian de él, desplazando a otros olvidan que es un bien compartido.-

 

Debemos resaltar las palabras del Cardenal Mario Poli, Vicepresidente del Episcopado cuando dijo: “Pocas y casi ninguna mesa de diálogo ampliada. Una gran deuda es pensar juntos y no levantarnos de la mesa del diálogo rápidamente” y constituir una patria de hermanos.-

 

José María Dagnino Pastore bajo el título “No más Circulo Vicioso”, señala que el tema central de esta nota es ¿Cómo salir del Circulo Vicioso de las sucesivas crisis y retraso?, instalando de una manera estable una base Republicana y una senda de desarrollo que nos permitan decolar y sostener nuestro vuelo hacia destinos que elijamos, (Pablo VI Populorum Progressio) , debiendo señalar que en todo el desarrollo de la publicación se presenta con una bibliografía científicamente valiosa que da sostén a las ideas expuestas y que permite a los lectores que quieran, profundizar un tema, acceder a las fuentes.-

 

Comienza el artículo con una historia de las crisis económicas políticas casi periódicas de diez años, detallando las mismas y señalando los efectos.-

 

Para quebrar el “Círculo Vicioso” de inestabilidad y estancamiento, se hace necesario el restablecimiento de la República, con un rápido desarrollo integral.-

   

Inicia el análisis de cuatro pilares de la Republica, el primero refiere que a la Constitución de 1994 al que a la independencia del Poder Judicial agrego el Consejo de la Magistratura el que sufrió los avatares que detalla y todos conocemos.-

 

El segundo pilar es el de las libertades de expresión y el acceso a la información, señalando que este último está legislado en casi cien países para controlarla y acotar la corrupción.-

 

En el tercer pilar, se ocupa de los países federales que la Constitución de 1953 optó tras una cruenta historia. En la práctica no es efectivo por el régimen de coparticipación.-

 

El cuarto pilar es el respeto y la atención de la sociedad civil, señalando que en la Argentina existió un régimen pero fue discontinuado por su empleo abusivo.-

 

Bajo el título Del desarrollo, señala que hemos visto una condición necesaria del progreso económico “… se requiere un orden jurídico y una justicia independiente, que proteja a los ciudadanos contra los excesos del poder administrador” (Arturo Frondizi).-

 

La trascendencia del tema enfocado como ya señalamos al comienzo del artículo, nos lleva a hacer un paneo de cómo crecen los países, partiendo del primer milenio de la era cristiana, sin olvidar que Argentina requiere inversión en capital físico y mejoras de los recursos productivos en un Estado de derecho con inserción en el mundo.-

 

Reducir el gasto público, el gigantismo estatal con intervencionismo y el desarrollo exige integración.-

 

Entramos en el tema de la legitimación, con una nueva etapa cultural que se base en las nuevas formas y orientaciones que para construirla, debemos ver las dificultades económicas internacionales y las propias señalando que las circunstancias objetivas son alentadoras.-

 

Señala que el mundo ha recibido con beneplácito nuestra reinserción, lo que nos obliga a estrechar filas para competir.-

 

Los resultados electorales de un poder compartido, fuerzan al diálogo, hay que cerrar con urgencia la brecha de la indigencia y la pobreza (ver cita de UCA, 2015.- PUNTO 6) y también la necesidad de un cambio de rumbo con políticas de largo plazo.-

 

Señala que las palabras del Presidente Mujica lo tientan cuando dijo “Que los argentinos se quieran más”.-

 

Los ejemplos y los mensajes de los líderes, nos llevan a ir construyendo una percepción social que culmine con una nueva etapa de país, caracterizada por lo que nuestro Papa Francisco llama “Cultura del Encuentro”.-

 

Marcelo Urbano Salerno se ocupa con el título de “Inversiones Extranjeras: Garantías Legales y objetivos Económicos”, señala la existencia del déficit de capitales de la Argentina, por lo que requiere aportes de mercados externos, siendo ésta la actual política del gobierno que requiere el dictado de la normas adecuadas para atraer la confianza de aquellos.-

 

En este artículo se describirá el régimen vigente en la materia, comenzando por una referencia a la reunión anual en el mes de Mayo de la “Association Henri Capitant” con sede en París de la cual el autor es Presidente del grupo argentino.-

 

Se tratará este tema desde el punto de vista teórico, para ofrecer una visión universal de la legislación de numerosos Estados.-

 

El encuentro se realizará en el mes de Mayo en la ciudad de Münster, Alemania, en el que se brindará un panorama del Derecho de distintas Naciones sobre la movilidad de los capitales y la seguridad jurídica que garantiza su intangibilidad, brindando protección y control de las inversiones extranjeras en cuanto a las medidas fiscales adoptadas para servir de estímulo.-

 

Argentina, luego del aislamiento reinante de la última época debe analizar las normas vigentes para poder posteriormente ajustar los cambios para la actual coyuntura política.-

 

Efectúa un paneo histórico en el que se resalta de 1883 a 1860 Clemanceau al conocer La Pampa dijo “La Argentina es el granero del mundo”, siendo para el momento actual, indispensable lograr inversiones directas o reproductivas.-

 

Al carecer de recursos internos se debe recurrir a la inversión extranjera que permite lograr las divisas suficientes para obtener los objetivos económicos por lo que el marco legal a los aportes efectuados por inversores, es necesario tomar los recaudos apropiados, lo que requiere desde el punto de vista jurídico señalar que el Preámbulo de Constitución Nacional en su reforma de 1994 cuando se refiere a los beneficios de la libertad resalta expresamente “Para todos los hombres del mundo, que quieran habitar el suelo argentino”, consagrando la igualdad entre las personas nacidas en el país y los demás residentes en el territorio nacional.-

 

Enumerando además la Constitución, los diversos derechos civiles en los artículos que menciona el autor y a cuyo texto nos remitimos.-

 

El Congreso debe dictar leyes relativas a la importación de capitales extranjeros (Art 75 inc. 18), habiéndose dictado en el año 1976, la ley de inversiones extranjeras (n° 21382) modificada por la Ley 22.208 del año 80 y habiendo establecido un texto ordenado 1853/93.-

 

Quedando de esta forma el texto legal reducido a 9 artículos, los que se correlacionan con los artículos del nuevo Código Civil y Comercial unificado de 2015.-

 

Por otro lado en materia de inversiones en tierra rurales la Ley 26.737 del 2011 se refiere a la inversión en tierras rurales.-

 

La Ley 21.382 autoriza la repatriación de inversiones y utilidades al exterior.-

 

La Ley 2.4409 ratificó la “convención” sobre reconocimientos de personería jurídica de sociedades, asociaciones y fundaciones extranjeras.-

 

No olvidándose del convenio sobre arreglos de diferencias relativas a las inversiones entre estados y nacionales de otros estados y el nuevo Código Civil y Comercial que regula el contrato de arbitraje en los arts. 1649 a 1665.-

 

En la década del 90 surgieron los tratados bilaterales de inversión (TBI) habiendo suscripto Argentina las convenciones con EE.UU y Panamá, recuerda el autor que en el año 1914 Francia y Argentina suscribieron un tratado bilateral de arbitraje, como así también la Ley 24.110 de 1992 aprobó el acuerdo para la Promoción y Protección de las Inversiones.-

 

Con la información reseñada el autor concluye que después de haber experimentado los efectos de aplicar la teoría de “solo vivir con lo nuestro” y el fallido intento de “blanquear” la tenencia oculta de moneda extranjera (Ley 26.860), es necesario el concurso de inversiones extranjeros que aprecien la riqueza potencial del país, pues la tasa de inversión en los últimos años ha sido una de las más bajas de la historia.-

 

Julio César Criveli, bajo el título de “Concesiones y PPP en países emergentes”, desarrolla lo que denomina como construir un “Puente Jurídico” que haga posible que los mercados de capitales desarrollados financien infraestructuras públicas de países emergentes.-

 

Como consideraciones generales agrega la auspiciosa salida de la Argentina de una estructura populista de doce años con grandes probabilidades de que sea acompañada por varios países latinoamericanos que ensanchen y amplíen el mercado de infraestructura y de inversiones.-

 

El propósito de esta exposición es analizar las dificultades típicas de los países emergentes para ser sujetos de crédito directo e indirecto del mercado de capitales desarrollados.-

 

Recordando algunas nociones básicas en las que las finanzas y el derecho se conectan en territorios comunes, así también proponer recomendaciones que salven o disminuyan el efecto de las dificultades estructurales para el acceso al financiamiento.-

 

Señala su convencimiento de que con dispositivos jurídicos adecuados los países emergentes podemos construir el “puente jurídico” para desarrollo de nuestra deficitaria infraestructura, iniciando el camino hacia el desarrollo económico y humano.-

 

Como segundo tema considera el punto de partida del bajo desarrollo institucional en los países emergentes. Los países latinoamericanos tienen un bajo desarrollo institucional relativo a la división de poderes con consecuencias de bajo desarrollo económico y educacional que concluye en carencias humanas.-

 

Se trata de un modelo económico extractivo de minería- petróleo y agricultura, señalando para la Argentina la crisis que se produjo en la década del 2000 que trajo la consecuencia de mucha pobreza, quedando como “democracia delegativa” el poder legislativo y judicial, sometidos al poder ejecutivo, agotándose el acto democrático en la elección.-

 

A la medición del riesgo país de los mercados hay que agregarle los propios del contrato que se realice, que está unido con la independencia y el poder efectivo de la justicia entre otros.-

 

Las acciones del gobierno para el corto plazo son muy difíciles de lograr y este es en el que se decide la contratación de la infraestructura.-

 

En consecuencia si deseamos bajar los costos de la infraestructura de países emergentes debemos de concentrarlos en los riesgos propios de la contratación, derivados de la legislación general del contrato mismo.-

 

La moneda de la transacción es fundamental dado que el contrato debe financiarse en moneda extranjera y la moneda nacional tiene el riesgo del país y el riesgo propio del contrato.-

 

Para el arbitraje de las monedas, la inflación, las devaluaciones que afectan a la moneda local, lleva a que el arbitraje sea necesario, si se construye un camino, cobro el peaje en moneda local y la deuda hay que pagarla en dólares o en euros.-

 

En la celebración del contrato los temas de derecho económico son básicos, es decir derecho, economía, política y todos aquellos que inciden en la posibilidad de la celebración del contrato, dado que a mayor riesgo hay mayor costo.-

 

El mundo del mercado es un mundo libre en el cual los operadores económicos pueden hacer los cambios.-

 

Estos agentes económicos reciben el acontecer de la economía y el derecho, variables macroeconómicas, casos fortuitos, recesiones, inflación, recalentamiento de la economía por lo que, la libertad que poseen es ajustar los precios, los costos, plazos de entrega sin olvidar la tipología y tecnología de los productos, para lo cual deberán dentro de esta libertad ejercer la creatividad de las soluciones.-

 

En esta primera parte hemos analizado las distintas conclusiones que ratifican el único modo de compensar el riesgo país es una estructura legislativa y contractual que contribuya decisivamente a disminuir el riesgo costo de los mercados.-

 

La Argentina ha tenido riesgo macroeconómico durante los últimos 40 años pero también otros países en desarrollo de América Latina los han tenido graves y violentos.-

 

En Argentina nos faltan caminos, escuelas, hospitales, trenes es decir nos falta toda la infraestructura que necesitamos para ser desarrollados.-

 

Para la solución de conflictos los tribunales arbitrales son sumamente importantes y estos deben ser de equidad o de derecho si no se logran soluciones amigables.-

 

Las conclusiones de este trabajo son las siguientes:

A. El riesgo país es determinante de un alto costo financiero que llamamos estructural, inmodificable en los plazos de contratación. La disminución es un proceso lento e inaccesible para los operadores de contratos.-

B. Es fundamental entonces disminuir los costos financieros que podemos disminuir, esos son los costos financieros que generan la estructura de la ley de contratación y los contratos de proponemos al mercado de oferta.-

C. La experiencia indica que en estas contrataciones ciertos parámetros legislativos no pueden exportarse. Necesariamente los países emergentes necesitan disminuir el riesgo para ser financiables, a costos que permitan la factibilidad de la mayor cantidad de infraestructuras.-

D. A lo largo de esta exposición, hemos intentado desarrollar un catálogo de conceptos que contribuyen a disminuir el riesgo y el costo, sin mengua de las facultades y deberes de la Administración.-

 

Por último estamos convencidos de que estas recomendaciones, contribuyen al cumplimiento de nuestro objetivo como naciones de desarrollo, que es el de tener muchas obras, y no el de trasferir muchos riesgos.-

 

Rodolfo G. Papa, bajo el título de “Reflexiones en torno a las tratativas precontractuales en el Código Civil y Comercial de la Nación”, efectúa un análisis de este instituto que permite a los negociantes establecer los términos del contrato que procuran celebrar.-

 

Señala fundamentalmente para ver los casos de los inversores extranjeros de manera protagónica, en tanto estos decidan entablar contratos o negociaciones con empresas o compañías argentinas.-

 

En esta presentación encara las tratativas precontractuales de los (artículos 990 a 993 del CCyC) se integra además con el concepto de Pacta Sunt Servanta y la libertad u opción de contratar (artículo 958 del CCyC).-

 

De esta forma, este instituto se refiere a las conversaciones y evaluación de factibilidad y permite a los negociantes establecer los términos del contrato que procuran celebrar, reuniendo la información para expresar adecuadamente su voluntad.-

 

La ruptura antijurídica de las tratativas podría causar el ejercicio abusivo del derecho de no contratar (Art 10 del CCyC) o bien la existencia de un factor subjetivo por la comisión de un comportamiento doloso y culposo (Art 1724 del CCyC).-

 

Constituye un pilar la observancia de la buena fe, principio general que se aplica con amplitud, señala además que el anteproyecto del Código Civil y Comercial establecían que las partes debían obrar de buena fe, como así también la jurisprudencia mercantil de la Capital Federal con anterioridad a la sanción del Código, la que se plasmó en el Art 991 de este.-

 

El pacto de confidencialidad (Art 992 CCyC) mereció un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación referente a YPF.-

 

Si se establece una carta de intención debe diferenciarse de las minutas o borradores que se destacan por su carácter provisorio sin perjuicio de constituir una fuente de interpretación, todo la argumentación precedente el autor la funda y refiere a los artículos del CCyC pero debemos de señalar la responsabilidad precontractual como causa fuente de las atribuciones de responsabilidad civil, deberán requerirse los presupuestos tradicionales.-

 

Se han planteado dudas sobre la extensión al daño a ser reparado lo que resuelve sobre la regla basada en la existencia de un nexo adecuado de “causalidad” con el hecho productor del daño (Art 1726 CCyC).-

 

Como señalamos al principio de este comentario se deben analizar en forma especial la actuación de los inversores extranjeros sobre todo aquellos regidos por el “Common Low”, que es diametralmente opuesto en el (Art 991 del CCyC) que establece el deber de buena fe.-

 

La jurisprudencia de “última generación” dictada por la Suprema Corte del Estado de Delaware (EE.UU) la buena fe es negociable en la etapa precontractual lo que lleva a una aplicación asimétrica del principio de buena fe en la etapa precontractual, en operaciones total o parcialmente por el derecho Argentino.-

 

Por ello a partir de la puesta en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación deberá ser informada por los abogados locales que representen los intereses de tales factores foráneos.-

 

El autor dictó un Seminario de Aspectos Legales en la Universidad del CEMA dirigiéndose a “El Abogado y los nuevos desafíos profesionales. ¿Cómo posicionarse? ¿Cómo planificar el futuro?”.-

 

El Seminario con un enfoque práctico e interactivo brinda las herramientas y contenidos para posicionarse de forma eficaz para posicionarse en la práctica de la abogacía como brinda al final de su colaboración con respecto a las Inversiones Extranjeras.-

 

El comentario bibliográfico del “Manual de Derecho Comercial de Eduardo. Eduardo M. Favier Dubois (DIRECTOR) y Ignacio Alterini (COORDINADOR), Editorial La Ley, estuvo a cargo del suscripto por lo que nos eximimos de efectuar comentarios sobre el mismo, remitiendo a los lectores a su lectura.-

 

En la sección libros presentados se destacan los libros de:

 

La Universidad Católica Argentina junto al Observatorio de la Deuda Social Argentina, presentaron el libro: “Vivir en los bordes. La vida en ocho barrios, villas o asentamientos del Conurbano Bonaerense”, el acto estuvo a cargo de las autoras: Alicia Casermeiro de Pereson, Silvia Balzano, Graciela Cardarelli y Elena Hourquebie y se llevó a cabo en la 42°Feria Internacional del Libro, el 29 de Abril pasado.-

 

La Universidad de Buenos Aires, Facultad de Derecho – UBA, presento el libro: “La Corte Suprema de Justicia - El nuevo proceso constitucional “de Juan Vicente Sola, el encuentro tuvo como expositor a Ricardo L. Lorenzettti. Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se realizó el 5 de Abril.-

 

Alma Mater Studiorum- Universitá di Bologna, inauguro el Ciclo Abril- Noviembre 2016 “Encuentros en Biblioteca” con la presentación del libro “¿Las Ciencias Sociales seguirán imitando a las Ciencias Duras?”Comp. Alberto Marradi, el mismo se llevó a cabo en el Auditorio de la Universita di Bologna el 28 de Abril.-

 

En la sección noticias presentamos la Cena Anual de Fundación Centro de Estudios Americanos- CEA 2016- 26° Aniversario a realizarse el 1 de Junio en el Hotel Plaza Buenos Aires.-

 

En la sección eventos realizados presentamos el Seminario Cómo Hacer Negocios con USA – 2016, Edición Internacional Nro. 219 que se realizó el 19 de Mayo en Hotel Sheraton Buenos Aires.-

 

La Conferencia Internacional IARSE 2016, “Compromisos que transforman” se llevó a cabo el 18 de Mayo, donde disertaron diversos referentes internacionales expertos en la temática de Responsabilidad Social y Sustentabilidad.-

 

El Instituto ACTON realizo un ciclo de conferencias para una sociedad libre y virtuosa, la primera fue titulada “El mercado libre, condición para un desarrollo humano integral” y tuvo como expositor a Mg. Gustavo Hasperué y se llevó a cabo el 12 de Mayo.-

 

La Universidad del CEMA realizo el Ciclo de Seminarios de aspectos legales donde se destacaron los Seminarios de:

 

El Dr. Rodolfo Papa quien dicto el Seminario “El Abogado y los nuevos desafíos profesionales. ¿Cómo posicionarse? ¿Cómo planificar el futuro?, el mismo tuvo lugar el 6 de Abril.-

 

El Dr. Daniel G. Reynoso dicto el Seminario “Nuevo programa de Coordinación Nacional para el Combate de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, se realizó el 10 de Mayo pasado.-

 

Asimismo en la Universidad del CEMA el Dr. Carlos Rodriguez dicto la Conferencia “Estrategias Políticas y Económicas para Argentina 2016-2017, la misma se realizó el 13 de Abril.-

 

La Academia Nacional de Ciencias de Ciencias Económicas en el Ciclo Academia y Sociedad, presento una sesión extraordinaria a cargo de José Luis Espert, titulada “Argentina tiene que cambiar”, la cual de dicto el 5 de Mayo.-

 

La REAL Red Argentino-Americana para el Liderazgo junto a FULBRIGHT Argentina Juan Pablo Laporte, Presidente Real- Norma González Comisión FULBRIGHT realizaron la Presentación de “La experiencia educativa en los Estados Unidos. El Modelo Fulbrigth”la misma se realizó el 19 de Abril.-

 

Además la REAL Red Argentino-Americana para el Liderazgo junto BCBA Bolsa de Comercio de Bs. As y SAAP Sociedad Argentina de Análisis Político ofrecieron un desayuno bajo el título “Transparencia y Acceso a la Información Pública” a cargo del Dr. Adrián Perez Sec. Asuntos Políticos Min. Interior de la Nac, se realizó el 5 de Mayo.-

 

La Academia Nacional de Educación invito a la disertación titulada: "Todo niño puede aprender si el Estado se lo permite", donde se dio la incorporación y posterior presentación del Dr. Edgardo Enrique Zablotsky, el acto fue presidido por la Académica Presidente Beatriz Balian de Tagtachian y se realizó el 2 de Mayo.-

 

La Unión Industrial Argentina – UIA realizo la reunión del Departamento de Legislación y Relaciones Parlamentarias que tiene como Presidente Martin Dedeu, la misma tuvo lugar el 26 de Abril.-

 

La Universidad Torcuato Di Tella – UTDT y la Escuela de Derecho invitaron al Seminario el “Patrones de disputas fiscales en el G20: Una Taxonomía (1923-2015)” que tuvo como expositor a Eduardo Baistrocchi, se realizó el 18 de Abril.-

 

Por último tuvo lugar el CONGRESO ECONÓMICO ARGENTINO 2016 - 4ta Edición titulado “Normalizar y volver a crecer” que se realizó el 30y 31 de Marzo en el Hotel Hilton.-

 

 

(*)Texto Completo “Documento del Bicentenario”:

http://episcopado.org/portal/2000-2009/cat_view/181-documento-el-bicentenario.html

 

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